Acuerdo de inversión

Areas de práctica mercantil

Asesoramiento Mercantil para emprendedores : «Acuerdo de inversión»

Concepto

El acuerdo de inversión, es el resultado de una negociación, donde se establecen los compromisos y condiciones acordadas en una ronda de inversión, entre emprendedores e inversores.

En el acuerdo de inversión se regulan los derechos y los compromisos entre las partes, y se instrumenta la entrada de los inversores en la compañía, mediante un aumento de capital, normalmente con una prima de emisión en función de la valoración del proyecto.

Fases

El proceso se inicia identificando las necesidades financieras de la sociedad en función del proyecto que se pretende acometer, para lo que se recopilará toda la información que fuera precisa relativa a la empresa para la evaluación y validación de la inversión; esto supone realizar un análisis detallado del plan de negocio, del sector en que la compañía opera, de su posicionamiento, del nivel de competencia y el perfil de los competidores existentes, de los puntos fuertes y débiles, del equipo gestor y sus antecedentes, los riesgos de la inversión y estrategias para la gestión de riesgos. Se analizarán también los datos financieros y se cuantificará la tasa de retorno potencial, la creación de valor futuro y la evaluación de las posibles opciones de desinversión.

Se realizará una búsqueda de potenciales inversores, identificando las ventajas que nos pueden aportar por sus caraterísticas concretas.

Previamente al inicio de las negociaciones, se firmará el correspondiente acuerdo de confidencialidad sobre la información de la sociedad, concretando el ámbito de la confidencialidad, la designación de interlocutores, la duración de la confidencialidad y penalizaciones en caso de incumplimiento.

Una vez se haya decidido el inversor idóneo, se suscribirá una carta de intenciones en la que se describirán las condiciones en la que estarían dispuestos a realizar la inversión en la sociedad, indicando entre otra información: rango de valoración estimado,tipo de operación planteada, proceso de revisión (Due Dilligence) a llevar a cabo, calendario estimado para el cierre de la operación, oferta económica, objeto y procedimiento de la inversión, los mecanismos de salida, el Balance de referencia de la operación, las garantías exigidas, y el régimen de transmisión sobre las participaciones sociales o acciones.

Tras la carta de intenciones, se desarrollará todo el proceso de revisión, y en función de los resultados, se firmará el contrato de inversión, y se instrumentará la entrada de los inversores.

Valor Aportado

El acuerdo de inversión, nos permite disponer de los compromisos de las partes, así como la regulación de derechos y obligaciones de los socios, en diferentes áreas, en especial, en el régimen de transmisión de participaciones sociales.

Aportamos valor, mediante la obtención de los recursos necesarios para el desarrollo del proyecto, así como en la intervención en la definición del plan de negocio.

Método

Nuestra práctica, consiste en trabajar de forma individualizada representando a una de las partes, y posibilitando el acuerdo.

Nuestra intervención se realiza de forma creativa, proponiendo acuerdos razonables, con tal de consensuar los intereses y poder confeccionar el acuerdo definitivo en el que todos se sientan confortables.

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Asesoramiento Integral para emprendedores

Servicios Relacionados

Un pacto de socios, es un contrato que recoge los acuerdos y compromisos de los socios que van a desarrollar una actividad empresarial, en relación a la organización, gobierno y régimen de transmisión de las participaciones sociales o acciones.

También se pueden incluir las aportaciones y compromisos de los socios, sus contraprestaciones, y las condiciones para el ejercicio de sus derechos económicos y políticos.

El concurso express es una versión del concurso de acreedores, cuando concurre la circunstancia, de falta de masa activa, esto es, cuando una sociedad no tiene activos, por lo que, al estar en insolvencia y no disponer de activos, tampoco tendrá viabilidad y procede su extinción

Es una modalidad de concurso de acreedores que tiene su especialidad en el sujeto que lo solicita, este es una persona física.

La persona física que se encuentre en insolvencia, está obligada solicitar el concurso de acreedores; la pena por no solicitarlo será su responsabilidad personal.

Las últimas modificaciones legislativas  plantean la posibilidad de exonerar el pasivo cuando se accede a un plan de pagos.

Somos especialistas en acompañar a nuestros clientes en procesos de adquisiciones o desinversiones como resultado de traspasos de negocios, locales, ventas o adquisiciones de pymes etc…   Estamos presentes en los acuerdos de confidencialidad, cartas de intenciones Due Dilligence, revisiones limitadas o contratos de compra venta.